Señores propietarios:
Por la presente, hacemos saber a los propietarios de los establecimientos dedicados a procesamiento de material fotográfico, cualquiera fuere su denominación, que como actividad principal realicen la explotación de laboratorios de revelado de fotografía o reproducción fotostática de documentos, ya se trate de laboratorios, minilaboratorios, casas de fotocopias o fotoduplicación y aunque en forma accesoria a dicha actividad se realice la venta de productos vinculados, tales como rollos, pilas, baterías, marcos u otros similares, que el encuadramiento que les corresponde es el abarcado por el Convenio Colectivo Nº 17/75, suscripto entre la Cámara de la Industria Fotografica Argentina, la asociación de Fotógrafos profesionales y el Sindicato de Empleados y Obreros Fotográficos, al cual deben ajustar la relación laboral con su personal.
Contacto: Contador Alberto Bello Tel.: 4867-3990 / 2102
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